JUICIOS

En una adopción, gestionan el acceso a la asistencia legal de la Defensoría Oficial para un matrimonio que no cumplía con los requisitos que establece la ley

A pesar de no reunir los requisitos objetivos para obtener el “Beneficio para litigar sin gastos”, un matrimonio pudo iniciar un juicio de adopción de dos hermanos con la asistencia jurídica gratuita de una Defensoría Oficial Civil. La Dra. Ángela Rossana Martínez, jueza de Familia y Sucesiones de la VIIª Nominación, decidió de oficio realizar las gestiones para que el Ministerio Pupilar y de la Defensa (MPD) intervenga en forma excepcional, ya que entendió que el objetivo de los procesos en los que hay niños y niñas es garantizar el acceso a justicia y la igualdad real, priorizando su interés superior.

La decisión fue tomada en el marco de un expediente en el que una pareja tiene a su cargo a un niño y una niña. Dentro del proceso de seguimiento del caso, al comunicarse el juzgado con los guardadores, estos manifestaron que no habían podido iniciar el trámite de adopción debido a que les resultaba imposible solventar los honorarios de un abogado. Contaron que estaban afrontando importantes gastos para adaptar la vivienda y la vida familiar a la llegada de los nuevos miembros: la construcción de dos habitaciones, tratamientos de salud no cubiertos por la obra social, entre otros. Incluso, señalaron, se había demorado el pago de la Asignación Universal por Hijo (AUH).

Ante ese escenario, la magistrada consideró que era importante buscar el modo de que el proceso de adopción avanzara. Actualmente, los niños se encuentran a cargo del matrimonio bajo la figura de guarda; es decir, en el período previo en el que se evalúa su adaptación al contexto familiar. "La adopción permitirá cristalizar la filiación legal de los niños y, con ello, hacer efectivos sus derechos fundamentales a la identidad y a la vida familiar. Por eso, la decisión no sólo beneficia a las personas solicitantes sino especialmente a los hermanitos", sostuvo.

Según ponderó la Dra. Martínez, la situación descripta por el matrimonio en combinación con sus ingresos mensuales -entre $ 30.000 y $ 40.000 cada uno-, lo sitúa en un estado de vulnerabilidad económica, tal como lo definen las 100 Reglas de Brasilia de Acceso a la Justicia. A pesar de ello, su condición económica no se encuadra en los parámetros de la Ley N° 6314, que regula el acceso a la asistencia legal gratuita. La normativa establece, entre otros requisitos para el otorgamiento del Beneficio, que la persona peticionante no puede disponer de ingresos superiores a un monto que se actualiza periódicamente, ni de bienes cuya valuación supere un techo fijado del mismo modo. En la actualidad, dichos topes son de $ 30.000 para los haberes mensuales y $ 300.000 para los bienes.

Ante esta situación, la magistrada instó al Ministerio de la Defensa a que asumiera la representación de la pareja en el juicio de adopción, basándose en la resolución del MPD N° 29/2019. El texto posibilita que se contemple la aplicación de una serie de pautas subjetivas para la admisibilidad en la atención en las Defensorías Oficiales, además del criterio objetivo establecido por ley. Gracias a esta gestión, la Defensoría Oficial Civil, Comercial y del Trabajo de la Banda del Río Salí se encuentra brindando asistencia letrada a los guardadores.

“La posibilidad de permitir el acceso a la asistencia jurídica gratuita analizando cuestiones subjetivas implica un paso adelante en efectivizar el derecho de acceso a la justicia. Cabe recordar que la Justicia está al servicio de la comunidad y debe dar respuestas eficaces que contemplen con amplitud y flexibilidad las diversas realidades de las personas. Éstas, en un país con altos índices de pobreza e inflación, muchas veces desbordan la letra de la ley. Los jueces no debemos cejar en nuestros esfuerzos para garantizar la tutela judicial efectiva”, remarcó la Dra. Martínez.

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